La empresa se compromete a:
1. Erradicar el trabajo y explotación infantil en sus operaciones y cadena de suministros, asegurando la protección y seguridad de la niñez, manifestando públicamente su compromiso de apoyar, defender y salvaguardar sus derechos.
2. Eliminar el trabajo forzoso u obligatorio en la empresa y cadena de suministro, garantizando que no se apliquen cuotas o cargos de contratación a los trabajadores, y garantizando que todos tienen libertad de realizar su trabajo de manera voluntaria sin amenazas o represalias.
3. Proporcionar un lugar de trabajo saludable y seguro, implementando medidas efectivas para prevenir incidentes potenciales de lesiones o enfermedades ocupacionales, asociadas con el desempeño del trabajo, minimizando o eliminando las causas de todos los riesgos en el lugar de trabajo.
4. Respetar el derecho de libertad de asociación de sus trabajadores a formar o unirse en la organización de su elección, para la representatividad y defensa de sus intereses con la empresa.
5. Promover la inclusión, impidiendo la discriminación en la contratación, remuneración, capacitación, promoción y cese o retiro, con base en la raza, lugar de nacimiento, religión, discapacidad, género, orientación sexual, estado civil, edad o cualquier otra condición que pueda dar lugar a la exclusión.
6. Tratar con dignidad y respeto a todos los trabajadores, sin tolerar el uso de castigos corporales, coerción mental o física o abuso verbal. No permitirá el trato rudo o inhumano, ni comportamientos amenazantes, abusivos, explotadores, o sexualmente coercitivos en el lugar de trabajo.
7. Respetar los horarios de trabajo, descansos y días festivos de los trabajadores, de acuerdo con lo establecido en la Ley, considerando que todo tiempo extraordinario debe ser voluntario.
8. Brindar un salario digno, seguridad social y prestaciones de Ley a todos sus trabajadores, asegurando que sus ingresos sean suficientes para satisfacer las necesidades básicas.
9. Asegurar el cumplimiento de estos principios con su cadena de suministro, entre otros, proveedores, contratistas, intermediarios laborales y agencias de contratación, como parte de su debida diligencia.
10. Establecer un Sistema de Gestión para la implementación, monitoreo y aplicación correcta de estos principios, garantizando el cumplimento total y sostenido del Decálogo, mejorando continuamente el desempeño social de la empresa.
La empresa dará prioridad a la implementación de los postulados de este Decálogo con el involucramiento de la alta dirección, la gerencia y los colaboradores, para el cumplimiento de los elementos enunciados.
Términos de referencia
Decálogo Derechos Humanos
en el lugar de trabajo
El presente Decálogo contiene los principios fundamentales para Cumplimiento Social sobre Derechos Humanos en el lugar del trabajo, estableciendo una guía para la implementación y mejora de los derechos de los trabajadores dentro de un sistema de gestión integral.
Es una herramienta creada por EL CENTRO de Derechos de la Niñez y Empresas, que ofrece a las empresas una ruta estratégica para incorporar en su sistema de gestión los principios necesarios que forman parte de los fundamentos de la responsabilidad social, analizando efectivamente los riesgos reales y potenciales, que promuevan óptimas condiciones de trabajo para sus trabajadores.
El Decálogo está alineado a las principales normas nacionales e internacionales que están marcando las pautas de la sostenibilidad a nivel global, integrando los requerimientos fundamentales establecidos como son:

- Social Accountability International, creadora de la Norma SA8000, sobre derechos laborales y salud y seguridad en el trabajo.
- Ley Federal del Trabajo, donde se rige las relaciones de trabajo comprendidas en el artículo 123 Constitucional.
- Distintivo Empresa Socialmente Responsable, promovido por el Centro Mexicano para la Filantropía – Cemefi y la Alianza por la Responsabilidad Social Empresarial - AliaRSE.
- OIT, única agencia 'tripartita' de la ONU que reúne a gobiernos, empleadores y trabajadores de 187 Estados miembros a fin de establecer las normas del trabajo, formular políticas y elaborar programas promoviendo el trabajo decente de todos, mujeres y hombres.
- T-MEC, Acuerdo Comercial entre Estados Unidos, México y Canadá.
- Pacto Mundial de Naciones Unidas y Agenda 2030, iniciativa que lidera la sostenibilidad en el mundo para alinear sus estrategias a 10 principios universales para promover los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
- ISO26000, Guía internacional no certificable desarrollada utilizando un enfoque de múltiples partes interesadas, con participación de más de 90 países y 40 organizaciones involucradas con aspectos de responsabilidad social.
- Global Reporting Initiative, GRI, estándares para la elaboración de reportes de sostenibilidad sobre una triple cuenta de resultados: económica, social y ambiental.
El Decálogo contiene los principales lineamientos relacionados con: trabajo y explotación infantil, trabajo forzoso, salud y seguridad, libertad de asociación, inclusión y no discriminación, trato digno, seguridad social, salarios y horarios laborales.
Adicionalmente, este Decálogo promueve la incorporación de dichos principios a la cadena de suministro de las empresas, así como el establecimiento de un sistema de gestión para su planificación, implementación, monitoreo y comunicación.
Términos y definiciones
Trabajador:
Todas las personas empleadas o contratadas por una organización, incluyendo pero sin limitarse a: directores, ejecutivos, gerentes, supervisores, trabajadores y trabajadores subcontratados.
Trabajo infantil:
Cualquier trabajo desempeñado por un niño menor a la edad especificada, excepto en lo dispuesto por la Recomendación 146 de la OIT.
Remediación de trabajo infantil:
Todo el apoyo y las acciones necesarias para asegurar la seguridad, salud, educación y desarrollo de los niños que han sido sujetos a trabajo infantil, como se definió anteriormente, y cuyo trabajo ha sido rescindido.
Trabajo forzoso u obligatorio:
Todo trabajo o servicio que no se le haya ofrecido hacer a una persona de manera voluntaria y se le obliga a hacer bajo la amenaza de castigo o represalia o que se le pide hacer como pago de una deuda.
Seguridad e higiene:
Hace alusión a planes de acción que permiten identificar, ubicar y controlar las situaciones de riesgo en los centros de trabajo, así como establecer medidas y criterios para prevenirlos y eliminar las posibles causas de accidentes en el trabajo.
Asociación laboral o sindicato:
Una asociación voluntaria autónoma de trabajadores organizados con el propósito de promover y defender los derechos e intereses de los trabajadores.
Contrato colectivo:
Un contrato que especifica los términos y condiciones del trabajo, negociados entre una organización (es decir el empleador) o un grupo de empleadores y uno o más organizaciones de trabajadores.
Discriminación laboral:
Situación en la que un trabajador se ve perjudicado profesional, salarial o moralmente respecto a sus compañeros por motivos que no están directamente relacionados con su desempeño laboral.
Trabajador:
Todas las personas empleadas o contratadas por una organización, incluyendo pero sin limitarse a: directores, ejecutivos, gerentes, supervisores, trabajadores y trabajadores subcontratados.
Salario básico digno:
La remuneración recibida por un trabajador por una semana estándar de trabajo en un lugar en particular, y que es suficiente para solventar un nivel de vida digno para el trabajador y su familia. Los elementos de un nivel de vida digno incluyen alimentación, agua, vivienda, educación, servicios de salud, transporte, vestido, y otras necesidades esenciales incluyendo la previsión de eventos inesperados.
Partes interesadas:
Individuo o grupo interesado en, o afectado por el desempeño social y/o las actividades de una organización.
Proveedor/contratista:
Cualquier entidad o individuo en la cadena de suministro que provee directamente a la organización bienes o servicios integrados a, utilizados en o para la producción de los productos o servicios de la organización.
Evaluación de riesgos:
Un proceso para identificar las políticas y prácticas de salud, seguridad y laborales de una organización y para priorizar los riesgos asociados.
No conformidad:
El incumplimiento de un requerimiento.
Acción preventiva:
Acción para eliminar las causas raíz de una no conformidad potencial. Nota: La acción preventiva es tomada para prevenir la ocurrencia.
Acción correctiva:
Acción para eliminar las causas raíz de una no conformidad detectada. Nota: La acción correctiva es tomada para prevenir la recurrencia.
Sistema de Gestión:
Es el mapa operacional que permite a la organización alcanzar el cumplimento total y sostenido del Decálogo mientras se mejora continuamente, a lo que también se le conoce como Desempeño Social.
Al implementar el elemento de Sistema de Gestión, se requiere dar prioridad a que se establezca, incorpore y mantenga el involucramiento conjunto de todas las partes interesadas a lo largo del proceso de cumplimiento de todos los principios.
Se vuelve particularmente importante identificar y corregir las acciones de riesgo identificadas, que permitan el desarrollo de una planeación preventiva que asegurare la mejora continua.

Proceso para suscribir
al Decálogo.
EL CENTRO de Derechos de la Niñez y Empresas invita a suscribir el Decálogo a todas las empresas legalmente constituidas que operan en México y Latinoamérica, las cuales estén comprometidas en implementar acciones para mejorar la calidad de vida de los trabajadores, ofreciendo condiciones dignas de trabajo y generando en la cadena de suministro una cultura de cumplimiento social en temas de derechos humanos laborales.
La adhesión al Decálogo no tiene costo para las empresas y los pasos son los siguientes:
1. Capacitar a los responsables de la empresa para sensibilizar sobre los riesgos de incumplimiento social, brindando las herramientas para la implementación de mejoras a sus sistemas de gestión con una visión de los Derechos Humanos en el lugar de trabajo.
2. Comprometer a la alta dirección de la empresa para la adopción de los principios del Decálogo de Derechos Humanos en el lugar de trabajo.
3. Recabar las firmas del Decálogo de las cabezas de área de la empresa en presencia de la alta dirección.
4. Promover una plática dirigida al público interno y la cadena de suministro, para informar sobre los compromisos asumidos en el Decálogo de Derechos Humanos en el lugar de trabajo.
5. Hacer público el compromiso asumido, a través de medios de comunicación, redes sociales o boletines.
Compromisos al suscribir
el Decálogo.
Las empresas firmantes tendrán la oportunidad de:

Presentar anualmente un breve reporte sobre las actividades impulsadas para promover la adopción de los principios del Decálogo.

Participar en un evento anual con las empresas firmantes del Decálogo, donde se compartirán Mejores Prácticas de Derechos Humanos en el lugar de trabajo. El primer evento se realizará el 10 de diciembre del 2024.
Ventajas de suscribir al Decálogo
- Las empresas suscriptoras del Decálogo serán parte de un grupo selecto de organizaciones visionarias, distinguidas por incorporar la sostenibilidad desde una perspectiva integral y de mejora continua.
- Generar un liderazgo permanente basado en principios de Derechos Humanos en el lugar de trabajo.
- Alinear su estrategia de negocio a los estándares globales exigibles por los tratados internacionales, principios de empresas trasnacionales y certificaciones de responsabilidad social.
- Ampliar su ámbito de influencia con la cadena de suministros al vincular estos principios como parte de su corresponsabilidad y debida diligencia.
- Contarán con herramientas que les permitan diagnosticar oportunamente áreas de riesgo de incumplimiento social.
- Accederán a espacios de intercambio de conocimientos e identificarán mejores prácticas de derechos laborales implementadas por empresas que operan en México y Latinoamérica.
- Fortalecer su reputación empresarial al asumir el compromiso por poner al centro de su estrategia a la persona.
Para mayor información sobre EL CENTRO de Derechos de la Niñez y Empresas: